SII - Oficio N°1270 (29/07/2010)
Aplicación IVA Servicios Gate In Carga Boliviana Tránsito Contenedores Vacíos
Abstracto
Servicios 'Gate In' para devolución de contenedores vacíos de carga boliviana en tránsito están exentos de IVA, al ser considerados prestados directamente a la carga y amparados por el Tratado de Paz y Amistad de 1904.
Resumen
- La consulta se centra en la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios denominados 'Gate In', específicamente cuando estos se prestan para la devolución de contenedores vacíos que formaron parte del traslado de carga boliviana en tránsito por territorio chileno.
- Los servicios 'Gate In' consisten en el carguío del contenedor vacío en el puerto, su traslado al lugar de depósito, su descarga en dicho lugar, y su inspección y aseo básico.
- Se plantea la exención del IVA para estos servicios en virtud del Tratado de Paz, Amistad y Comercio de 1904 y las convenciones de tráfico y tránsito.
- La interpretación previa del Servicio (Oficio N° 2965/2002) aplicaba IVA a estos servicios argumentando que, para contenedores vacíos ya usados en transporte hacia Bolivia o vicever...
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