SII - Oficio N°1699 (24/09/2010)
Oficio SII: Deducción de Pérdida por Rescate Anticipado de Pagaré AFR
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que la pérdida por rescate anticipado de un pagaré reajustable, originado por Aportes Financieros Reembolsables (AFR), es deducible como gasto si está justificada, y no constituye condonación.
Resumen
- La fiscalización a XXXX. detectó un registro de pérdida por el rescate anticipado de pagarés reajustables de 2005, vinculados a Aportes Financieros Reembolsables (AFR).
- Los Aportes Financieros Reembolsables (AFR) son un mecanismo legal de financiamiento para prestadores sanitarios, constituyendo una facultad privativa para atender requerimientos de servicio.
- La naturaleza jurídica de los AFR se rige por el artículo 14 del DFL 70 de 1988 y, supletoriamente, por la Ley N°18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero.
- Los AFR deben ser reembolsados por su valor inicial reajustado y con intereses, con capitalización semestral de los intereses devengados y no pagados.
- Los prestadores pueden ofrecer pagarés reajustables como opción de reembolso de AFR, los cuales deben ser endosables y...
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