SII - Oficio N°2375 (14/10/2011)

Oficio SII: Tratamiento tributario de reservas técnicas y tablas de mortalidad.

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara el tratamiento tributario de las Reservas Técnicas Base y Financiera de compañías de seguros de vida, señalando que solo la Reserva Técnica Base constituida en el año de la venta de la póliza es un menor ingreso tributable, mientras que las reservas y sus ajustes posteriores, así como la Reserva Técnica Financiera, no afectan los resultados tributarios.

Resumen

  • Las compañías de seguros de vida tributan bajo Impuesto de Primera Categoría, conforme al N°3 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
  • La determinación de la base imponible de estas compañías considera la totalidad de los ingresos y la deducción de gastos efectivos incurridos durante el ejercicio comercial, según los artículos 29 y 31 de la LIR.
  • La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) instruye la determinación y contabilización de la Reserva Técnica Base (RTB) y Reserva Técnica Financiera (RTF) a través de la Circular N° 1.512.
  • La Reserva Técnica Base (RTB) se calcula según el Título III de la Circular 1.512 de la SVS, reflejando las obligaciones que la compañía asume con los asegurados al suscribir pólizas.
  • La Reserva Técnica Financiera (RTF) se calcula ...

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