SII - Oficio N°2377 (14/10/2011)

Procedencia de beneficios tributarios Ley 19.420 para constructoras: inversión propia vs. encargo

Abstracto

Se analiza la procedencia del crédito tributario Ley N°19.420 para empresas constructoras, concluyendo que solo procede si construyen por cuenta propia, no si ejecutan obras por encargo de terceros.

Resumen

  • El artículo 1° de la Ley N°19.420 establece un crédito tributario para contribuyentes que declaran Impuesto de Primera Categoría con rentas efectivas, por inversiones realizadas en las provincias de Arica y Parinacota.
  • Este crédito tributario equivale al 30% del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado correspondientes a construcciones, maquinaria, equipos, o edificaciones destinadas a uso comercial o habitacional que cumplan ciertos requisitos de superficie y número de unidades.
  • La inversión debe estar directamente vinculada a la producción de bienes o prestación de servicios del giro o actividad del contribuyente en dichas provincias.
  • La jurisprudencia del Servicio de Impuestos Internos determina que el beneficiario del crédito tributario es la persona que efectivament...

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