SII - Oficio N°2400 (17/10/2011)
Tratamiento tributario del exceso de ahorro previsional voluntario (APV) y orden de imputación.
Abstracto
Este oficio del SII determina el tratamiento tributario del exceso de APV sobre 600 UF, estableciendo el orden de imputación de los ahorros directos y vía empleador para determinar dicho exceso y su inaplicabilidad a beneficios tributarios.
Resumen
- Los trabajadores dependientes e independientes que tributan según el artículo 42 N°1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) pueden optar por beneficios tributarios respecto de sus Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (APV).
- Los regímenes tributarios para APV permiten rebajar la base imponible del Impuesto Único de Segunda Categoría (mensual) mediante el descuento por empleador, o reliquidar el impuesto anualmente para APV efectuado directamente.
- La opción de rebaja mensual de hasta 50 UF aplica al APV efectuado mediante descuento de remuneración por parte del empleador, conforme al artículo 42 bis, N°1, inciso 1º de la LIR.
- La opción de reliquidación anual permite rebajar el APV efectuado directamente en instituciones autorizadas o AFPs, hasta por un monto máximo anual que...
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