SII - Oficio N°2649 (15/11/2011)
Oficio SII: Exención de Impuesto Territorial para persona jurídica del Fisco
Abstracto
Este oficio del SII analiza la exención del Impuesto Territorial para la persona jurídica del Fisco según Ley N° 17.235, concluyendo que una entidad descentralizada no goza de dicha exención por actuar con personalidad jurídica propia, revocándola para sus bienes raíces.
Resumen
- La exención del 100% de Impuesto Territorial se fundamenta en el artículo 10 de la Ley N° 17.235, Cuadro Anexo, Párrafo I, Letra A, N°1, que favorece a la persona jurídica del 'Fisco'.
- La exención beneficia al 'Fisco', excluyendo expresamente bienes raíces de sedes matrices de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de Ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernaciones, y los casos del artículo 27 de la ley.
- Es necesario determinar qué instituciones u organismos de la Administración del Estado actúan propiamente bajo la 'personalidad jurídica' del Fisco para efectos de la exención.
- Se distinguen dos tipos de entidades públicas: (a) aquellas pertenecientes a la Administración Central del Estado que actúan bajo la personalidad jurídica y recursos del Fisco; y (b) ot...
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