SII - Oficio N°210 (27/01/2012)
Análisis tributario de enajenación de bienes raíces por fundación de derecho público
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos determina que las enajenaciones de bienes raíces por una fundación de derecho público, que no integran activo de empresa ni son habituales o a partes relacionadas, no constituyen renta, sin perjuicio de la acreditación de los hechos.
Resumen
- Una fundación de derecho público adquirió terrenos entre 1954 y 1963 con el objeto de propender al culto divino y al adelanto científico mediante el establecimiento de un Monasterio.
- La fundación entrega en arrendamiento parte de sus terrenos, declarando Impuesto de Primera Categoría por esta actividad.
- La fundación proyecta vender parte de sus terrenos, esperando que el mayor valor obtenido no constituya renta.
- La fundación sostiene que no constituye renta el mayor valor en la venta de sus terrenos porque no opera como una empresa.
- La fundación argumenta que las ventas no constituyen operaciones habituales, dado que los inmuebles fueron adquiridos entre 1954 y 1962.
- La fundación estima que la subdivisión de inmuebles antes de enajenarlos tampoco generaría renta, ya que se supe...
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