SII - Oficio N°1939 (03/08/2012)
Tratamiento Tributario de Subvenciones Estatales y Aranceles Educacionales
Abstracto
Este oficio analiza la exención tributaria de subvenciones y aranceles a establecimientos educacionales bajo D.F.L. N°2 de 1998, concluyendo que los cobros de financiamiento compartido son renta afecta a impuestos, diferenciándolos de la exención del artículo 5°.
Resumen
- El Oficio 4.197 de 2006 interpreta el alcance de la exención tributaria del artículo 5° del D.F.L. N°2 de 1998 respecto de los establecimientos educacionales subvencionados y su tratamiento respecto a ingresos por financiamiento compartido.
- La consulta original busca determinar si el Oficio 4.197/2006 modificó el criterio previo del Oficio 1.892/1998, el cual extendía la liberación tributaria a establecimientos de financiamiento compartido que cobraban derechos de matrícula y escolaridad.
- El consultante argumenta que el artículo 5° del D.F.L. N°2 de 1998 debiese aplicarse tanto a establecimientos subvencionados gratuitos como a aquellos de financiamiento compartido, basándose en la frase 'Sin perjuicio' del artículo 23°.
- Se solicita ratificar que los ingresos recibidos por subvenci...
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