SII - Oficio N°1832 (10/10/2014)

Clasificación de actividad financiera para efectos del artículo 59 LIR

Abstracto

Este oficio opina que las operaciones de crédito de dinero pueden ser calificadas como financieras para efectos del artículo 59 LIR, si se realizan exclusivamente, conjunta o independientemente del leasing, y se mantienen en el tiempo.

Resumen

  • Se solicita la opinión del Servicio respecto a la calificación de actividad financiera del objeto social de una entidad para los efectos del artículo 59, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
  • Mediante Oficio Ord. N° 116 de 2013, el Servicio informó que la actividad de arrendamiento de bienes bajo la modalidad de leasing, desarrollada en forma exclusiva, podía ser calificada como financiera.
  • Se indicó previamente que las actividades complementarias a la principal de leasing tendrían carácter financiero si guardaban estricta y directa relación con aquellas.
  • Mediante Resolución Exenta N° xx de 2013, el Ministerio calificó como financiera las actividades desarrolladas por la empresa.
  • Se identifica en los estatutos de la empresa, además del leasing, la actividad de "efectua...

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