SII - Oficio N°2402 (22/12/2014)
Aplicación Impuesto Adicional a Camionetas Nuevas en Leasing por Contribuyentes IVA
Abstracto
Este oficio del SII aclara que el impuesto adicional a camionetas nuevas de hasta 2.000 kg en leasing no procede si son adquiridas por empresas de leasing (contribuyentes IVA) y arrendadas a otros contribuyentes IVA, siempre que pasen a activo inmovilizado.
Resumen
- La Ley N° 20.780, en su artículo 3°, establece un impuesto adicional único para la adquisición de vehículos motorizados nuevos.
- El inciso cuarto del artículo 3° de la Ley N° 20.780 establece exenciones al impuesto adicional.
- Una de las hipótesis de exención se refiere a camionetas nuevas con capacidad de carga útil de hasta 2.000 kilos, siempre que sean adquiridas por contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Para que proceda la exención, las camionetas deben formar parte del activo inmovilizado del contribuyente adquirente.
- En el contexto de contratos de leasing, se considera 'adquirente' a la persona titular o aquella en cuyo patrimonio se radica el bien, usualmente la empresa de leasing o quien adquiere para entregar en arriendo.
- Las camionetas adquiridas p...
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