SII - Oficio N°622 (26/02/2015)
Corporación sin fines de lucro califica como donataria hábil para beneficios tributarios
Abstracto
Servicio de Impuestos determina que Corporación puede ser considerada donataria hábil bajo Art. 31 N°7 LIR si destina donaciones a programas de instrucción y cumple requisitos legales.
Resumen
- Se consulta si una Corporación de derecho privado sin fines de lucro, con estatutos específicos, califica como donataria hábil para acceder a los beneficios tributarios contemplados en el artículo 31 N°7 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Los objetos estatutarios de la Corporación consultante incluyen: impulsar, desarrollar, organizar y promover actividades de análisis, discusión e investigación sobre el bullying; fomentar la buena convivencia escolar; crear publicaciones técnicas y profesionales; patrocinar, organizar y financiar labores docentes, programas de investigación, seminarios, cursos, foros y paneles; y promover la organización y participación ciudadana.
- El artículo 31 N°7 de la LIR permite a contribuyentes de Primera Categoría rebajar como gasto las donaciones des...
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