SII - Oficio N°657 (27/02/2015)
Tratamiento Tributario de Dietas a Directores Extranjeros de Sociedades Chilenas
Abstracto
El SII determina que las dietas a directores extranjeros de sociedades chilenas no son servicios profesionales y están sujetas a un Impuesto Adicional del 35%, retenido por la propia sociedad.
Resumen
- Las dietas o participaciones pagadas a directores por sus funciones en sociedades anónimas no constituyen servicios profesionales o técnicos al no existir un contrato de prestación de servicios estricto.
- Las funciones de los directores son de orden público, se ejercen colectivamente y están reguladas por ley, determinando que no corresponden a una simple prestación de servicios.
- Según el artículo 48 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), las asignaciones a directores están afectas al Impuesto Global Complementario (si residen en Chile) o al Impuesto Adicional (si residen en el extranjero).
- La Circular N° 30 de 1991 establece que las dietas a directores domiciliados o residentes en el extranjero están afectas a un Impuesto Adicional del 35%.
- Estas remuneraciones no se comprend...
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