SII - Oficio N°1711 (15/06/2016)
IVA servicios administración, tesorería y contabilidad a sociedad relacionada.
Abstracto
Servicios de administración, tesorería y contabilidad prestados de forma única y exclusiva a una sociedad relacionada, sin estar abiertos al público, no califican como agencia de negocios y no están gravados con IVA.
Resumen
- La tributación de ventas y servicios bajo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se rige por el Artículo 8° del D.L. N° 825, siempre que su remuneración provenga del ejercicio de actividades comprendidas en los N° 3 y 4 del Artículo 20° de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- El Artículo 20°, N° 3, de la LIR incluye entre otras actividades, a aquellas provenientes de comercio.
- El Artículo 3°, N° 7, del Código de Comercio establece que son actos de comercio, entre otros, los realizados por las "agencias de negocios".
- Una agencia de negocios se caracteriza por ser una empresa con organización estable que presta servicios a distintas personas, facilitando la ejecución de sus negocios y pudiendo realizar operaciones por cuenta ajena.
- Dentro de los servicios que habitualmente presta u...
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