SII - Oficio N°1826 (23/06/2016)
Pérdida de domicilio tributario en Chile y obligaciones de Impuesto Adicional
Abstracto
Se analiza cuándo un contribuyente pierde su domicilio tributario en Chile, determinando que se requiere la pérdida de residencia y del centro de intereses económicos, implicando el pago del IGC prorrateado y posterior tributación con Impuesto Adicional sobre rentas chilenas.
Resumen
- El concepto de "residente" para efectos tributarios se define en el artículo 8 N°8 del Código Tributario.
- El concepto de "domicilio" para efectos tributarios debe remitirse a la definición del artículo 59 del Código Civil.
- Los elementos constitutivos del domicilio son la residencia y el ánimo de permanecer en un lugar.
- La ausencia de uno o ambos elementos (residencia o ánimo de permanencia) implica la inexistencia de domicilio en Chile.
- Los ingresos de los contribuyentes se afectan con Impuesto Global Complementario (IGC) o Impuesto Adicional, según su calidad de residentes o domiciliados en Chile o en el exterior.
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha determinado que el lugar donde la persona ejerce su principal actividad económica y donde se radican sus intereses princip...
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