SII - Oficio N°1835 (23/06/2016)
Pronunciamiento sobre exención de Impuesto Territorial para FAMAE
Abstracto
Se determina que FAMAE está exenta de Impuesto Territorial por ser considerado servicio público bajo Ley 17.235, a pesar de la derogación de su exención anterior por Ley 20.033.
Resumen
- Se solicitó un pronunciamiento para determinar si los bienes raíces de propiedad de las Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE) estaban exentos de contribuciones de bienes raíces.
- Las "contribuciones de bienes raíces" a que alude la solicitud corresponden al "Impuesto Territorial" establecido y regulado en la Ley N° 17.235.
- FAMAE argumentó que gozaba de una exención amplia basada en el artículo 10° de su Ley Orgánica (DFL N° 223 de 1953), que cubría "toda clase de impuestos, contribuciones, derechos, tasas, patentes y demás gravámenes".
- La exención de Impuesto Territorial que FAMAE gozaba previamente, la cual fue incorporada al anterior Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235, fue expresamente derogada por el artículo 2° de la Ley N° 20.033.
- La Ley N° 20.033 reemplazó los cuadros an...
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