SII - Oficio N°1850 (24/06/2016)

Pronunciamiento sobre inclusión de IVA en garantías de cierre de faenas mineras

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que, si bien las empresas mineras tienen derecho a crédito fiscal por el IVA en gastos de cierre, este impuesto debe ser pagado y contemplado en la garantía financiera para asegurar la suficiencia del plan.

Resumen

  • La Sociedad Nacional de Minería (SONAMI) manifestó su desacuerdo respecto a incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el monto de las garantías financieras exigidas para el cierre de faenas mineras, argumentando que dicho impuesto es un crédito fiscal recuperable y no un costo para la empresa.
  • La Ley N° 20.551 establece que toda empresa minera debe presentar un plan de cierre aprobado por SERNAGEOMIN y constituir una garantía financiera para asegurar el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones de cierre (Art. 6 y 49).
  • El monto de la garantía financiera debe determinarse a partir de la estimación del valor presente de los costos de implementación, seguimiento, control y administración del plan de cierre, incluyendo contingencias (Art. 50).
  • El artículo 59 de la Ley N°...

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