SII - Oficio N°2335 (23/08/2016)

Crédito por impuestos extranjeros: Requisito de inscripción previa en Registro de Inversiones

Abstracto

El SII confirma que para usar el crédito por impuestos extranjeros, la inversión debe estar inscrita en el Registro de Inversiones en el Extranjero (RIE) con antelación a la percepción de rentas, incluso si la inversión se realizó antes de adquirir residencia chilena.

Resumen

  • El crédito por impuestos pagados en el exterior, previsto en la letra A del artículo 41 A de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), aplica a contribuyentes domiciliados o residentes en Chile que obtienen dividendos o retiros de utilidades de sociedades extranjeras (art. 12 LIR).
  • Para hacer uso de dicho crédito, es requisito indispensable que los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile se inscriban previamente en el Registro de Inversiones en el Extranjero (RIE), administrado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), conforme al N°2 de la letra D del artículo 41 A de la LIR.
  • La inscripción en el RIE constituye una condición legalmente exigida para poder beneficiarse del crédito por impuestos soportados en el exterior.
  • Las directrices sobre el funcionamiento y registro ...

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