SII - Oficio N°2341 (23/08/2016)
Afectación de IVA en servicios prestados por banco a sus filiales.
Abstracto
Análisis sobre la procedencia de gravar con IVA una serie de servicios que un banco local prestaría a sus sociedades filiales, concluyendo que serán afectos a dicho impuesto si constituyen operaciones propias del giro bancario según la Ley General de Bancos.
Resumen
- Base Legal para IVA en Servicios: El Art. 8 del D.L. N° 825 grava con IVA los servicios cuya remuneración provenga de actividades clasificadas en los N°s 3 o 4 del Art. 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Clasificación de Rentas Bancarias: El Art. 20, N° 3 de la LIR clasifica las rentas obtenidas por los bancos.
- Definición de Actividad Bancaria: La expresión "rentas de los bancos" abarca todos los ingresos y remuneraciones derivados de la actividad bancaria propia, según la Ley General de Bancos (LGB).
- Sujeción a IVA de Servicios Bancarios: Los servicios prestados por un banco estarán gravados con IVA si constituyen operaciones que la LGB autoriza realizar a dichas entidades.
- Propuesta de Servicios Intragrupo: Un banco evalúa centralizar servicios para prestarlos a sus ...
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