SII - Oficio N°2357 (24/08/2016)
Oficio 2357: Recuperación IVA Exportadores con Ventas Internas y Criterio Tributario
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos ratifica que los créditos fiscales de IVA para exportadores con ventas internas no deben separarse por destino, aplicando el porcentaje general de recuperación establecido en la normativa vigente.
Resumen
- La consulta solicitó la reconsideración de la interpretación sobre cómo calcular el monto del IVA que los exportadores con ventas internas tienen derecho a recuperar, en virtud del artículo 36 del D.L. N° 825.
- Se planteó la práctica de contribuyentes que, al adquirir insumos para operaciones internas, buscaban la devolución de créditos fiscales originados en bienes y servicios destinados a su actividad nacional.
- Un caso ejemplar involucró a un contribuyente exportador de salmones, cuya actividad principal era la venta nacional (98.45% a 99.95%), con exportaciones de productos adquiridos a terceros.
- El artículo 36 del D.L. N° 825 otorga a los exportadores el derecho a recuperar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) soportado en adquisiciones, importaciones o servicios destinados a su ...
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