SII - Resolución N°80 (12/08/2016)
Establece Requisitos para Receptoras de Carpeta Tributaria Electrónica
Abstracto
La Resolución establece los requisitos y el procedimiento que deben cumplir entidades financieras y bancarias para ser autorizadas como receptoras de información tributaria a través de la Carpeta Tributaria Electrónica del SII.
Resumen
- El Director del Servicio de Impuestos Internos está facultado, según el artículo 7° letra b) de su Ley Orgánica y el artículo 6° letra A) Nº 1 del Código Tributario, para interpretar administrativamente las disposiciones tributarias y dictar normas, instrucciones y órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos.
- La Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, en su artículo 4° bis, autoriza al Servicio para relacionarse electrónicamente con los contribuyentes, otorgando a las transacciones y actuaciones digitales la misma validez legal que las presenciales.
- La funcionalidad "Carpeta Tributaria Electrónica" se implementó para facilitar el acceso de los contribuyentes, especialmente PyMEs, al sistema financiero, actuando como un archivo electrónico de información tribu...
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