SII - Oficio N°2473 (02/09/2016)
Régimen impositivo de medicamentos en Chile: Análisis de IVA e importaciones
Abstracto
Este oficio informa que los medicamentos en Chile están afectos a tributación general, sin exenciones para importaciones de remedios para enfermedades raras o alto costo, pero el consumo hospitalario como parte de servicios puede ser exento de IVA.
Resumen
- Los medicamentos en Chile están afectos a los regímenes generales de tributación; su venta se grava con el Impuesto a las Ventas y Servicios (D.L. N° 825 de 1974) y los ingresos generados con el Impuesto a la Renta (D.L. N° 824 de 1974).
- Las normas tributarias vigentes no contemplan ninguna disposición que exima de gravar con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) la importación de remedios o insumos utilizados en su elaboración, para uso de pacientes con enfermedades raras o de alto costo, cuando son ingresados al país por los propios pacientes o agrupaciones.
- El artículo 13°, N° 5 del D.L. N° 825 de 1974 establece que estarán liberados del Impuesto a las Ventas y Servicios, entre otras instituciones, los hospitales dependientes del Estado o de Universidades reconocidas por éste, por l...
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