SII - Oficio N°2491 (06/09/2016)
Tratamiento tributario de galpones y módulos en Zona Franca: depreciación y amortización.
Abstracto
La Dirección Nacional del SII aclara el tratamiento tributario de galpones y módulos en Zona Franca, determinando que las construcciones del usuario son activos depreciables y el uso de módulos arrendados no permite depreciación ni amortización.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) carece de competencia para dictar normas contables, limitándose su actuación a la aplicación y fiscalización de impuestos y a la interpretación de la normativa tributaria.
- La doctrina de la accesión de mueble a inmueble (Arts. 668 y 669 del Código Civil) no aplica cuando existe un vínculo contractual entre el dueño del suelo y el propietario de los materiales o construcciones.
- Las sociedades administradoras de Zonas Francas tienen facultades para urbanizar, proyectar, construir y arrendar terrenos y edificios para diversos fines dentro de su área.
- Los contratos entre la Sociedad Administradora de Zona Franca y los usuarios pueden estipular que las edificaciones construidas por estos últimos en terrenos arrendados sean de su propiedad.
- Los g...
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