SII - Oficio N°2494 (06/09/2016)
Tratamiento tributario pagos por distribución de software: regalía vs. beneficios
Abstracto
El SII confirma criterio sobre pagos por distribución de software a España, definiendo regalías amplias en el convenio bilateral, pero sujeta la calificación final a la naturaleza contractual y fáctica de la operación.
Resumen
- Una empresa española solicitó reconsiderar el criterio del Servicio de Impuestos Internos (SII) que calificó como regalías los pagos por distribución de programas computacionales en Chile.
- La empresa local en Chile actúa como distribuidora de licencias de acceso a bases de datos virtuales o presta servicios de facturación y cobranza, sin usar o explotar la propiedad intelectual del software.
- La Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual (LPI) protege los programas computacionales como obras y otorga a sus autores derechos exclusivos, incluyendo el de distribución.
- El Artículo 12 del Convenio entre Chile y España define 'regalías' como pagos por el uso o derecho al uso de derechos de autor sobre obras, incluyendo 'u otra propiedad intangible'.
- La expresión 'u otra propiedad intangible...
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