SII - Oficio N°2872 (18/10/2016)
Tratamiento tributario de avión para traslado de trabajadores: IVA y renta bruta
Abstracto
Se analiza la procedencia de utilizar crédito fiscal IVA y deducir gastos de adquisición, funcionamiento y mantención de un avión para traslado de trabajadores, determinando que su aprobación depende de la verificación de ser un gasto necesario, directamente relacionado con el giro y proporcional.
Resumen
- El artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) establece que para que un gasto sea considerado necesario para producir la renta, debe reunir requisitos copulativos: relacionarse directamente con el giro, ser indispensable, no haber sido rebajado previamente como costo directo, haber sido pagado o adeudado en el ejercicio comercial y acreditarse fehacientemente.
- La empresa solicita pronunciamiento sobre la utilización del crédito fiscal IVA y la deducción de la renta bruta de los gastos asociados a la adquisición, funcionamiento y mantención de un avión para el traslado de sus trabajadores.
- La empresa opera en el rubro de construcción, inversión y ventas inmobiliarias, desarrollando proyectos en el norte del país, lo que implica que sus trabajadores deben movilizarse frecuen...
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