SII - Oficio N°2898 (20/10/2016)
Aplicación del IVA a la venta de agua potable por Comités de Agua Potable Rural
Abstracto
Los Comités de Agua Potable Rural están gravados con IVA en la venta de agua a asociados o terceros, ya que la exención general de la Ley 19.418 no aplica a los impuestos del Decreto Ley 825 de 1974.
Resumen
- Los Comités de Agua Potable Rural son organizaciones comunitarias constituidas y organizadas conforme a la Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, y su texto actualizado por Decreto N° 58 de 1997.
- El artículo 29 de la Ley N° 19.418 establece una exención general para juntas de vecinos y organizaciones comunitarias respecto de contribuciones, impuestos y derechos fiscales y municipales.
- La exención general mencionada en el artículo 29 de la Ley N° 19.418 excluye expresamente a los impuestos establecidos en el Decreto Ley N° 825, de 1974 (Impuesto a las Ventas y Servicios).
- Las actividades desarrolladas por los Comités de Agua Potable Rural se encontrarán gravadas con Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) si dichas actividades se enmarcan dentro ...
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