SII - Oficio N°2952 (25/10/2016)

Devolución de impuesto único: Tributación y Convenio Seguridad Social Chile-Perú

Abstracto

Se analiza la tributación de devoluciones de cotizaciones previsionales de trabajadores extranjeros, aplicando el Impuesto Único de Segunda Categoría y determinando la no afectación directa del Convenio de Seguridad Social Chile-Perú.

Resumen

  • La devolución de cotizaciones previsionales obligatorias por trabajadores extranjeros a través de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) constituye una renta afecta a Impuesto Único de Segunda Categoría.
  • La base para afectar estas devoluciones con impuesto es la pérdida de su carácter previsional, pasando a ser una renta gravada, aun si estuvieron temporalmente exentas al ser percibidas.
  • La Ley N° 18.156, de 1982, establece la liberación de imposiciones previsionales para trabajadores técnicos extranjeros y contempla la devolución de fondos AFP depositados si se cumplen ciertos requisitos.
  • La retención del Impuesto Único de Segunda Categoría sobre estas devoluciones de fondos previsionales recae sobre la respectiva AFP, conforme a lo establecido en el artículo 74 N° 1 de la L...

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