SII - Oficio N°1293 (09/06/2017)

Aplicación Control Tributario por Acuerdo de Actuación Conjunta: LIR y LMV

Abstracto

Este oficio aclara que el control tributario según el artículo 41 G de la LIR, al referirse a acuerdos de actuación conjunta de la LMV, incluye tanto los acuerdos convencionales como las presunciones legales, recayendo en el contribuyente la carga de desvirtuar esta última.

Resumen

  • Consulta: Un contribuyente con familiares en el extranjero, socios de una sociedad extranjera con inversiones en mercados de capitales, consulta sobre la interpretación del artículo 41 G de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) en relación con el control por acuerdo de actuación conjunta.
  • Normativa LIR sobre Control: El artículo 41 G de la LIR grava rentas pasivas de contribuyentes domiciliados en Chile que controlen directa o indirectamente entidades sin domicilio ni residencia en el país, considerando control si se posee el 50% o más del capital, utilidades o votos, en conjunto con entidades relacionadas según el artículo 100 de la Ley de Mercado de Valores (LMV).
  • Normativa LMV sobre Personas Relacionadas y Control: El artículo 100, letra d), de la LMV considera a una persona como...

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