SII - Oficio N°1351 (15/06/2017)
Informe sobre régimen tributario aplicable a servicios de estacionamiento en Chile
Abstracto
El SII informa que servicios de estacionamiento tributan IDPC bajo N°1 o 5 del Art. 20 LIR con tasas de 25% (o 25.5%/27%), y se gravan con IVA como hecho especial bajo Art. 8i DL 825 sin deducciones; arrendamientos amoblados tienen distinta tributación.
Resumen
- Las rentas por estacionamiento ofrecido al público en general sin individualización de espacio específico se clasifican bajo el N° 5 del artículo 20 de la Ley de la Renta (LIR).
- Las rentas por arrendamiento, subarrendamiento u otra cesión temporal de un espacio de estacionamiento perfectamente individualizado se clasifican bajo el N° 1 del artículo 20 de la LIR.
- La clasificación de la renta de estacionamientos bajo el N° 1 o N° 5 del artículo 20 de la LIR es independiente de si el servicio cuenta con muebles, guardias, o si es giro principal o accesorio.
- La renta efectiva de bienes raíces no agrícolas obtenida por personas naturales puede estar exenta de IDPC según el artículo 39 N° 3 de la LIR.
- La tasa general del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) es de 25%.
- La tasa del IDP...
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