SII - Oficio N°651 (09/04/2018)
Imputación Tributaria de Diferencia de Valor en Venta de Inmuebles Educacionales
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que la diferencia entre el valor registrado y el costo tributario en la venta de inmuebles educacionales, bajo Ley 20.993 transitorio, constituye un ingreso no constitutivo de renta para el vendedor.
Resumen
- La Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII) emite pronunciamiento sobre el tratamiento tributario de la diferencia entre el valor de registro y el costo tributario en la enajenación de inmuebles que albergan establecimientos educacionales, conforme al artículo 4° transitorio de la Ley N° 20.993.
- Se analiza el caso de una sociedad inmobiliaria que vendió dos inmuebles donde funcionaba un liceo y gimnasio, junto con la cesión del decreto de sostenimiento, a una persona jurídica educacional sin fines de lucro en 2017, en el marco de créditos garantizados por CORFO según la Ley N° 20.845.
- El artículo 4° transitorio de la Ley N° 20.993 otorga al enajenante la opción de considerar como costo tributario el mayor entre el valor de adquisición reajustado por IPC o el valor ...
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