SII - Oficio N°732 (17/04/2018)
Interpretación sobre Sujeto Pasivo del Impuesto a Fuentes Fijas Contaminantes
Abstracto
Este oficio del Servicio de Impuestos Internos interpreta el artículo 8º de la Ley N° 20.780 para determinar que el sujeto pasivo del impuesto a fuentes fijas contaminantes es quien, a cualquier título, hace uso de dichas fuentes y genera las emisiones.
Resumen
- El artículo 8° de la Ley N° 20.780 establece un impuesto anual a beneficio fiscal que grava las emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2).
- El impuesto aplica a establecimientos cuyas fuentes fijas, conformadas por calderas o turbinas, que individualmente o en su conjunto sumen una potencia térmica igual o superior a 50 MWt (megavatios térmicos), considerando el límite superior del valor energético del combustible.
- La Ley N° 20.780, en su artículo 8°, inciso segundo, establece que el impuesto afecta a las personas naturales y jurídicas que, a cualquier título, haciendo uso de las fuentes de emisión de los establecimientos afectos, generen emisiones de los compuestos indicados.
- El concepto de "estable...
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