SII - Oficio N°779 (20/04/2018)

Obligación tributaria y domicilio para notificaciones según Código Tributario

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara el nacimiento de la obligación tributaria por renta devengada al perfeccionarse el título traslaticio, no necesariamente por la tradición, y fija los domicilios alternativos para notificaciones.

Resumen

  • El sistema legal chileno distingue entre "título" (acto jurídico que genera el derecho, como un contrato) y "modo de adquirir" (acto que materializa la transferencia, como la tradición o inscripción).
  • La regla general es que los contratos que sirven de título traslaticio de dominio son consensuales y se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes, salvo que la ley exija solemnidades.
  • Los contratos solemnes, como la compraventa de bienes raíces, se perfeccionan legalmente mediante escritura pública (artículo 1801, inciso segundo, del Código Civil), independientemente de su posterior inscripción.
  • La tradición de bienes inmuebles se perfecciona mediante la inscripción del título de dominio en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces (artículo 686 del Código ...

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