SII - Oficio N°840 (30/04/2018)

Pronunciamiento sobre efectos tributarios de fusión inversa transfronteriza en Chile

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos de Chile clarifica los efectos tributarios de una fusión inversa transfronteriza, confirmando la no aplicación de facultad de tasación y la continuidad de los valores tributarios de activos y pasivos de la sociedad absorbida.

Resumen

  • Escenario de Fusión Inversa Transfronteriza: Una sociedad chilena (filial), AAA I, busca un pronunciamiento sobre los efectos tributarios de absorber a su sociedad matriz domiciliada en el extranjero, XXXXX (Islas Caimán).
  • Marco Legal Aplicable: La operación se rige por el artículo 99 de la Ley N° 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas) y las normas del Código Tributario y la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
  • Naturaleza de la Fusión: Se trata de una fusión por incorporación donde la sociedad chilena (AAA I) subsiste y adquiere la totalidad del patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida (XXXXX), la cual se disuelve.
  • Aplicabilidad de Normativa Chilena: El Servicio de Impuestos Internos (SII) considera que la normativa chilena sobre fusiones, incluyendo el artículo 99...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora