SII - Oficio N°2384 (19/11/2018)
Análisis Tributario: Impuesto a Emisión de Bonos para Canje de Títulos Previos
Abstracto
El Servicio interpreta que la emisión de bonos (Series C y D) destinada exclusivamente al canje de bonos previamente emitidos y gravados, no está sujeta al Impuesto de Timbres y Estampillas, pero sí una serie de bonos (Serie E) para otros fines.
Resumen
- La consulta se centra en determinar la procedencia del Impuesto de Timbres y Estampillas en la emisión de nuevos bonos cuyo propósito es canjear otros bonos previamente emitidos por la misma entidad.
- La Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas grava, entre otros casos, la emisión de bonos y debentures de cualquier naturaleza, según lo dispuesto en su artículo 1°, N° 3.
- El devengamiento del impuesto de Timbres y Estampillas en estos casos ocurre al momento de la colocación de los instrumentos, de acuerdo con el artículo 14, inciso segundo, de dicha ley.
- Una empresa, que previamente emitió y pagó el Impuesto de Timbres y Estampillas con su tasa máxima sobre los bonos 'Serie A' y 'Serie B', buscó emitir una nueva serie de bonos (Series C y D) para canjear los títulos originales.
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