SII - Oficio N°2388 (19/11/2018)
Posibilidad de acogida a régimen simplificado y gastos deducibles para CET
Abstracto
Oficio que analiza si los Centros de Educación y Trabajo (CET) cumplen requisitos para el régimen simplificado de Pymes (Art. 14 ter LIR) y si pueden deducir gastos de personal e institucionales, concluyendo que no califican para dicho régimen, pero sí pueden deducir algunos gastos.
Resumen
- Los Centros de Educación y Trabajo (CET) constituyen establecimientos penitenciarios o parte de ellos, destinados a la reinserción social, proporcionando trabajo, capacitación y formación, y pueden constituir unidades económicas productivas.
- Los CET actúan a través de la persona jurídica del Fisco y financian sus actividades con fondos presupuestarios, ingresos por comercialización y aportes externos.
- Los CET llevan contabilidad comercial completa y presentan declaraciones de impuesto mensuales y anuales, generando excedentes reinvertidos por Gendarmería de Chile.
- Las transacciones de los CET con terceros distintos del Fisco los hacen tributar con Impuesto a la Renta (IDPC), ya que no se benefician de la exención general de instituciones fiscales y sus rentas se clasifican en los N...
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