SII - Oficio N°2754 (05/11/2019)
Aplicación de IVA a servicios de patinaje sobre hielo y salto en trampolín
Abstracto
Se analiza la afectación con IVA de arriendo de canchas de patinaje y salto en trampolín, considerando el reconocimiento oficial de estas actividades como deportes, distinguiendo entre uso deportivo y fines de esparcimiento.
Resumen
- Solicitud de modificación de interpretación administrativa sobre la afectación con IVA de la puesta a disposición de canchas de patinaje sobre hielo y dependencias para salto en trampolín.
- Interpretación previa (Oficio Ord. N° 222, 2011) clasificaba los servicios como actividades de diversión y esparcimiento, sujetas a IVA bajo el artículo 20, N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- La empresa solicitante argumenta que sus actividades son primordialmente deportivas, no de esparcimiento.
- La Ley N° 20.686 creó el Ministerio del Deporte, facultado para reconocer actividades físicas como especialidades deportivas.
- El Ministerio del Deporte reconoció fundadamente el 'Patinaje sobre Hielo' como modalidad deportiva mediante Resolución Exenta N° 321 de 2019.
- El 'Salto en Trampolín' t...
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