SII - Oficio N°3028 (16/12/2019)
Aclaración sobre devolución de IVA por reliquidación de tarifas eléctricas y deudas pendientes.
Abstracto
Confirma que la devolución de IVA por reliquidación de tarifas eléctricas, cuando se aplica a deudas pendientes, procede mediante nota de crédito para solicitar su posterior restitución.
Resumen
- El proceso de reliquidación de consumos eléctricos se genera cuando los decretos que fijan las tarifas eléctricas son publicados con posterioridad a su fecha de vigencia.
- El artículo 192 de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) establece que las fórmulas tarifarias continúan vigentes una vez vencido su período, hasta que se fijen las nuevas tarifas.
- Tras la publicación de nuevas tarifas, las empresas distribuidoras deben abonar o cargar a los usuarios las diferencias entre lo facturado y lo que corresponda según los nuevos precios, en las boletas o facturas emitidas posteriormente.
- La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) emitió el Oficio Circular N° 13.442, impartiendo instrucciones sobre el procedimiento de reliquidación de consumos para empresas de genera...
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