SII - Oficio N°3180 (31/12/2019)
Exención IVA importación bienes capital: Plazo resolución Ministerio Hacienda DL 825
Abstracto
Oficio del SII aclara que la exención de IVA para importación de bienes de capital bajo el Art. 12° B) N°10 del DL 825 no exige un plazo para obtener la resolución del Ministerio de Hacienda, permitiendo su solicitud post-importación.
Resumen
- El presente documento analiza la consulta sobre la aplicación de la exención del IVA establecida en el artículo 12°, Letra B), N° 10 del D.L. N° 825, de 1974, para la importación de bienes de capital.
- Se considera el criterio sostenido en Oficios Ord. N° 1474 de 2015 y N° 2149 de 2016, que establecieron que la referida exención no contenía un plazo u oportunidad para obtener la resolución fundada del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, refrendada por el Ministerio de Hacienda.
- Se revisan las modificaciones legislativas introducidas por la Ley N° 20.848 y la Ley N° 20.899 al artículo 12°, Letra B), N° 10 del D.L. N° 825, las cuales establecieron nuevos requisitos para la procedencia de la exención.
- La consulta centraliza la duda en determinar si el texto legal actualme...
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