SII - Oficio N°1137 (10/06/2020)
Tratamiento tributario del arranque de parronales como gasto deducible en Chile
Abstracto
Este pronunciamiento aclara que el arranque de parronales, como activo fijo agrícola, puede ser reconocido como gasto deducible del Impuesto de Primera Categoría si se cumplen los requisitos legales, especialmente acreditar su valor libro.
Resumen
- Los bienes adquiridos con el ánimo de usarlos en la explotación del negocio se clasifican como activo inmovilizado.
- Según el Reglamento de Contabilidad Agrícola (Art. 2°, N° 4°), las plantaciones frutales son consideradas "activo fijo o inmovilizado" destinadas a una función permanente de la actividad agrícola.
- Los desembolsos por nuevas plantaciones frutales no se consideran gastos de la explotación, sino costo de la plantación hasta que inicie su producción, conforme al Reglamento de Contabilidad Agrícola (Art. 8°, inciso segundo).
- La Circular N° 22 de 1991 del Servicio de Impuestos Internos confirma que las plantaciones frutales son activo fijo y reitera el tratamiento de los desembolsos en nuevas plantaciones.
- La Resolución Ex. N° 43 de 2002 fijó la vida útil de los bienes fí...
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