SII - Oficio N°1165 (16/06/2020)
Conversión Empresa Individual en Sociedad y su Impacto en Impuesto a las Herencias
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos confirma que la conversión de una empresa individual en sociedad por acciones tras el fallecimiento del causante no exime del Impuesto a las Herencias, debiendo valorizarse y adicionarse a la masa hereditaria.
Resumen
- Una consulta planteó la posibilidad de convertir una empresa individual, perteneciente a un causante fallecido, en una sociedad por acciones para evitar la inscripción de bienes raíces y el pago del Impuesto a las Herencias.
- La base imponible del Impuesto a las Herencias se determina considerando los bienes y deudas hereditarias, valorizados al momento en que la herencia se 'defiere' (Art. 2°, 4° N° 3 y 46 de la Ley N° 16.271).
- El Impuesto a las Herencias debe declararse y pagarse simultáneamente dentro del plazo de dos años, contado desde la fecha en que la asignación se 'defiere' (Art. 50 de la Ley N° 16.271).
- El impuesto a las herencias se devenga en la fecha en que la asignación se defiere, la cual ocurre generalmente con el fallecimiento del causante, momento en que se adquier...
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