SII - Resolución N°65 (25/06/2020)

Exención temporal de legalización de documentos para registro de instituciones financieras extranjeras

Abstracto

Resuelve eximir temporalmente a instituciones financieras extranjeras de la obligación de legalizar o apostillar documentos para su registro o actualización, debido a las dificultades generadas por la pandemia COVID-19, hasta el 31 de diciembre de 2020.

Resumen

  • La Ley sobre Impuesto a la Renta, en su artículo 59 N° 1 letra b), permite la inscripción en un registro voluntario de instituciones financieras extranjeras o internacionales.
  • Estas instituciones extranjeras deben tener por objeto principal el otorgamiento de créditos, financiamiento u otras operaciones similares para poder optar a la inscripción en dicho registro.
  • El proceso normal de inscripción o actualización en el Registro Voluntario de Instituciones Financieras Extranjeras o Internacionales requiere la presentación de antecedentes que acrediten la representación y otros documentos otorgados en el extranjero, debidamente legalizados o apostillados.
  • El brote mundial de la enfermedad COVID-19 ha impedido el normal cumplimiento de las funciones de organismos que validan o autenti...

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