SII - Oficio N°1401 (22/07/2020)
Plataforma de Telemedicina: Tributación con IVA por Intermediación
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos determina que la actividad de intermediación de una plataforma online de telemedicina está gravada con IVA, al ser clasificada como correduría, conforme al artículo 20, N°4 de la LIR y el artículo 8° de la LIVS.
Resumen
- Se consulta sobre la tributación con Impuesto al Valor Agregado (IVA) de una actividad online de telemedicina que opera mediante una plataforma de internet.
- La plataforma conecta pacientes con médicos para consultas médicas vía videollamada, actuando como intermediario o comisionista.
- Los médicos prestan servicios de forma independiente, emitiendo boletas de honorarios directamente a los pacientes.
- La empresa, como intermediaria, percibe una comisión por cada pago realizado por el paciente, la cual se facturará al médico.
- La consulta se centra en si esta actividad de intermediación, sin una oficina física establecida, está afecta a IVA.
- El artículo 8° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) grava las ventas y servicios.
- El artículo 2°, N° 2, de la LIVS define...
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