SII - Oficio N°1402 (23/07/2020)
Tratamiento tributario saldos no recaudados Ley 21.185 estabilización precios energía
Abstracto
El SII confirma que no se emiten facturas por saldos no recaudados de Ley 21.185 mientras no sean pagados, pero se pagan impuestos a la renta devengados, y el IVA se genera al momento de su recepción.
Resumen
- La Ley N° 21.185 establece un mecanismo transitorio de estabilización de precios de la energía eléctrica para clientes sujetos a regulación de tarifas, generando "saldos no recaudados" que representan la diferencia entre el precio "congelado" y el precio contractual.
- Estos "saldos no recaudados" tienen un límite máximo acumulado de 1.350 millones de dólares, no pueden acumularse más allá de junio de 2023, y deben ser recuperados totalmente por las empresas generadoras a más tardar el 31 de diciembre de 2027 mediante ajustes tarifarios.
- Las empresas generadoras solicitaron confirmar el tratamiento tributario de estos saldos, consultando sobre la no emisión de facturas, el reconocimiento contable y pago de impuesto a la renta, y la emisión de facturas y pago de IVA al momento de recibi...
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