SII - Oficio N°2601 (16/11/2020)

Determinación del procedimiento aplicable a devoluciones de IVA pagado indebidamente

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que el nuevo procedimiento general para la devolución de IVA (PGDR) de la LIVS no aplica a las peticiones administrativas regidas por el artículo 126 del Código Tributario, manteniendo este último su procedimiento específico.

Resumen

  • La Ley N° 21.210 estableció un nuevo procedimiento general para la devolución o recuperación de impuestos (PGDR) contemplado en el Párrafo 6º del Título IV de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
  • El procedimiento general (PGDR) de la LIVS aplica a casos específicos como cambio de sujeto pasivo del IVA (Art. 3), devoluciones por liquidación (Art. 27 ter) y devoluciones de IVA exportador (Art. 36).
  • El Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante Circular N° 61 de 2020, ha instruido que el PGDR no es aplicable a las peticiones administrativas sobre devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso tramitadas bajo el artículo 126 del Código Tributario.
  • La razón de la exclusión del PGDR para las solicitudes bajo el artículo 126 del Código Tributario es de orden sist...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora