SII - Oficio N°2601 (16/11/2020)
Determinación del procedimiento aplicable a devoluciones de IVA pagado indebidamente
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que el nuevo procedimiento general para la devolución de IVA (PGDR) de la LIVS no aplica a las peticiones administrativas regidas por el artículo 126 del Código Tributario, manteniendo este último su procedimiento específico.
Resumen
- La Ley N° 21.210 estableció un nuevo procedimiento general para la devolución o recuperación de impuestos (PGDR) contemplado en el Párrafo 6º del Título IV de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- El procedimiento general (PGDR) de la LIVS aplica a casos específicos como cambio de sujeto pasivo del IVA (Art. 3), devoluciones por liquidación (Art. 27 ter) y devoluciones de IVA exportador (Art. 36).
- El Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante Circular N° 61 de 2020, ha instruido que el PGDR no es aplicable a las peticiones administrativas sobre devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso tramitadas bajo el artículo 126 del Código Tributario.
- La razón de la exclusión del PGDR para las solicitudes bajo el artículo 126 del Código Tributario es de orden sist...
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