SII - Oficio N°2627 (18/11/2020)
Tratamiento Tributario IVA y Renta de Servicios de Reparto Pequeño
Abstracto
Oficio clarifica que el servicio de reparto de objetos de menor tamaño es un transporte de mercaderías, afecto a IVA si es prestado por empresa, pero exento de IVA y gravado como ocupación lucrativa si lo presta una persona natural independiente.
Resumen
- La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), en su artículo 2°, N° 2, define "servicio" como toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe una remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Las actividades de transporte se encuentran gravadas con IVA por provenir del ejercicio de una actividad mercantil comprendida en el N° 3 del artículo 20 de la LIR.
- El artículo 166 del Código de Comercio define el contrato de transporte como un acuerdo en virtud del cual una parte se obliga, por un precio cierto, a conducir mercaderías ajenas de un lugar a otro y a entregarlas a la persona a quien vayan dirigidas.
- Se denomina "empresario d...
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