SII - Oficio N°2645 (19/11/2020)
Valorización de derechos sociales con patrimonio negativo en Impuesto a Herencias
Abstracto
Este oficio informa sobre la valoración de derechos sociales de una sociedad con patrimonio negativo para el Impuesto a las Herencias, estableciendo que deben valorizarse en cero, incluso si son derechos subyacentes de otra sociedad.
Resumen
- El causante poseía el 99% de los derechos sociales de la sociedad "XXXXXXX", la cual a su vez mantenía el 96,774% de los derechos sociales de otra sociedad denominada "TTTTTTT".
- La sociedad "TTTTTTT" presentaba un patrimonio negativo, es decir, sus pasivos excedían a sus activos.
- El peticionario solicitó un pronunciamiento sobre la forma de valorar los derechos sociales de "XXXXXXX" para efectos del Impuesto a las Herencias, considerando el valor de los derechos sociales subyacentes en "TTTTTTT".
- Se argumentó que, conforme al artículo 46, letra f) de la Ley de Impuesto a las Herencias, se debían considerar los activos menos los pasivos acreditados de "TTTTTTT" para valorar los derechos de "XXXXXXX".
- Se planteó que si el valor de "TTTTTTT" resultaba negativo, este debería disminui...
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