SII - Oficio N°2658 (19/11/2020)
Efectos Tributarios de la Resciliación de Compraventa de Inmueble Inscrito
Abstracto
Este Oficio analiza los efectos tributarios de la resciliación de una compraventa de inmueble inscrita. Concluye que la inscripción registral constituye tradición y que la posterior 'resciliación' es un nuevo acto jurídico, afectando la fecha de adquisición y generando impuestos sobre el mayor valor obtenido en una nueva enajenación.
Resumen
- La resciliación, según la doctrina y el artículo 1567 del Código Civil, es un modo de extinguir obligaciones por mutuo consentimiento, cuyos efectos rigen principalmente para el futuro y no afectan al pasado ni los derechos de terceros adquiridos durante la vigencia del contrato.
- La tradición de los bienes inmuebles en Chile se perfecciona mediante su inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, cumpliendo así la obligación de enajenación del vendedor.
- Una supuesta "resciliación" posterior a la inscripción de una compraventa de inmueble no puede retrotraer los efectos de la tradición ya efectuada, al ser esta un acto jurídico que consolida la transferencia.
- En el contexto de bienes raíces inscritos, la "resciliación" acordada tras la inscripción constit...
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