SII - Oficio N°2702 (23/11/2020)
Tratamiento tributario IVA crédito fiscal por compras de empresas de asesorías
Abstracto
Este oficio aclara que las empresas de asesorías no pueden imputar IVA crédito fiscal por compras destinadas a operaciones no gravadas, permitiendo rebajarlas como gasto necesario del impuesto a la renta.
Resumen
- La consulta aborda el tratamiento tributario del IVA y la posibilidad de obtener crédito fiscal por compras de una empresa de asesorías, incluyendo arriendo y adquisición de vehículos, combustibles, insumos computacionales y gastos de publicidad.
- La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), en su artículo 2°, N°2, define 'servicio' gravado como toda acción o prestación remunerada que provenga de actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- El artículo 23 de la LIVS otorga a los contribuyentes afectos al pago de IVA el derecho a un crédito fiscal contra el débito fiscal del mismo período tributario.
- Sin embargo, el artículo 23, N°2 de la LIVS establece que no procede el derecho a crédito fiscal cuando los bienes o...
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