SII - Oficio N°2703 (23/11/2020)
Aclaración sobre IVA para servicios de sondaje en la actividad minera
Abstracto
Este oficio aclara la tributación de IVA para servicios de sondaje en minería, confirmando la vigencia del criterio de 1981 y ratificando que la resolución de 2020 sobre diamantina en licitación pública no implicó un cambio de criterio general.
Resumen
- El Oficio Ordinario N° 429 de 1981 estableció que las labores de sondaje, incluso si son realizadas por empresas especializadas, constituyen actividades necesarias y complementarias para la minería.
- Se interpretó que la empresa prestadora de servicios de sondaje ejecuta labores necesarias para la industria minera, que constituyen por sí mismas labores propias de una industria, pues buscan la obtención de productos naturales como muestras mineralógicas.
- Posteriormente, las remuneraciones por estos servicios de sondaje se clasificaron en el artículo 20, N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), estando afectas a IVA conforme al artículo 2º, N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- Mediante Oficio N° 1484 de 2020, se resolvió que el servicio de ejecución de...
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