SII - Oficio N°2710 (23/11/2020)

Servicios de publicidad del extranjero: IVA y pago por Pymes en Chile

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que servicios de publicidad prestados por extranjeros y utilizados en Chile están afectos a IVA, debiendo la Pyme beneficiaria retener y declarar dicho impuesto mediante factura de compra, mientras que el impuesto adicional está exento.

Resumen

  • La consulta aborda la obligación de una Pyme (XXXXXX) de declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por servicios de publicidad prestados por una empresa extranjera (TTTTTT), y el tratamiento del impuesto adicional.
  • Se considera que los servicios de publicidad facturados por TTTTTT a XXXXXX corresponden a servicios de publicidad prestados por una plataforma sin domicilio ni residencia en Chile, utilizados en el país, y que por ello están gravados conforme al N° 4 de la letra n) del artículo 8º de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
  • La letra F) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) establece una exención del impuesto adicional del artículo 59 de la LIR para los pagos realizados por empresas Pyme (que cumplan requisitos específicos) por la prest...

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