SII - Oficio N°2712 (23/11/2020)
Aplicación de IVA a cuotas de inscripción y bienes en eventos deportivos
Abstracto
El pago por inscripción a actividades deportivas no está afecto a IVA, ni la entrega de bienes gratuitos. Sin embargo, la entrega de bienes por un precio determinado o adicional sí constituye una venta gravada con IVA.
Resumen
- La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) define "venta" como toda convención onerosa que transfiere el dominio de bienes corporales, inmuebles, o derechos, o todo acto que conduzca a ese fin o que la ley equipare a venta.
- La LIVS define "servicio" como la acción o prestación remunerada que una persona realiza para otra, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- El pago por la inscripción a actividades deportivas no se encuentra clasificado dentro de los servicios gravados por los números 3 y 4 del artículo 20 de la LIR.
- En consecuencia, la cuota de inscripción a actividades deportivas no configura un hecho gravado con IVA y no se encuentra afecta a dicho impuesto. -...
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